Una ayuda para financiar cursos que mejoren tus oportunidades de empleo, con una cuantía de hasta 3.000 €, según los ingresos de tu unidad de convivencia y el coste de la formación.
Destinatarios
Personas menores de 30 años, empadronadas en la Comunidad de Madrid, desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en una oficina de la región en el momento de la matrícula o reserva de plaza.
Requisitos principales
No haber recibido esta ayuda en la misma anualidad.
Que los ingresos de la unidad de convivencia no superen 6 veces el IPREM anual en 14 pagas.
Elegir una formación de pago de al menos 10 horas, presencial, online o mixta.
Contar con un informe favorable del personal de orientación de la oficina de empleo que justifique la idoneidad del curso.
Cumplir los requisitos generales para recibir subvenciones y declarar otras ayudas para la misma finalidad.
Hasta 1.500 € con carácter general.
Hasta 3.000 € si los ingresos de la unidad de convivencia no superan 3 veces el IPREM anual en 14 pagas.
La ayuda nunca podrá superar el coste del curso. Se abona un 30 % tras la concesión y el 70 % restante después de superar y justificar la formación.
Plazos de 2026
La solicitud debe presentarse en el plazo de un mes desde la matrícula o reserva de plaza, y siempre dentro del periodo habilitado: del 1 de enero al 10 de diciembre de 2026. Las ayudas se tramitan por orden de entrada hasta agotar el presupuesto.
Solicita el informe de idoneidad en tu oficina de empleo.
Prepara la matrícula o reserva, la declaración de ingresos y composición de la unidad de convivencia, el certificado bancario y la documentación de empadronamiento que corresponda.
Presenta la solicitud mediante Cuenta Digital de la Comunidad de Madrid o presencialmente en los registros habilitados, cuando proceda.
Al terminar, presenta la justificación en un mes, aportando el diploma o certificado de superación, la factura y el justificante de pago.
Información y solicitud en la sede oficial:
+Información
Aclaraciones:
¿Qué pasa si pido la ayuda antes del 10 de diciembre pero finalizo la formación en 2027?¿, puedo justificarlo después?
Sí. Según la normativa consultada, puedes solicitarla en 2026 y justificarla en 2027 si el curso termina ese año. El 10 de diciembre es el límite para presentar la solicitud; la justificación tiene su propio plazo: un mes desde la finalización de la formación. Así se desprende de los artículos 6 y 8.
Debes cumplir estas condiciones:
Solicitarla dentro del mes siguiente a la matrícula o reserva y, como máximo, el 10 de diciembre de 2026.
Indicar en la matrícula las fechas previstas de inicio y fin, incluida la finalización en 2027.
Respetar las condiciones de la resolución de concesión.
Por ejemplo, si terminas el 15 de marzo de 2027, el plazo ordinario para justificar sería hasta el 15 de abril de 2027.

